NOTA INFORMATIVA, Sobre expropiaciones del Proyecto concentración de vertidos de la aglomeración urbana sur a la EDAR Sur (Granada).

NOTA INFORMATIVA, Sobre expropiaciones del Proyecto concentración de vertidos de la aglomeración urbana sur a la EDAR Sur (Granada).

Sobre expropiaciones del Proyecto concentración de vertidos de la aglomeración urbana sur a la EDAR Sur (Granada).

En relación al expediente de expropiación relacionado con el proyecto de concentración de vertidos de la aglomeración urbana sur a la EDAR Sur (Granada). Se comunica a los afectados que pueden consultar el trazado y zonas afectadas en el portal de transparencia del Ayuntamiento de La Zubia, en el siguiente enlace: PORTAL DE TRANSPARENCIA – 7.6. ANUNCIO FASE I Y II DE LAS OBRAS DE CONCENTRACIÓN Y CANALIZACIÓN DE VERTIDOS EDAR SUR

Como aclaración, se informa que existen tres tipos de afecciones

  • EXPROPIACIÓN. Se refiere a zonas que han de ser expropiadas en pleno dominio por la implantación de elementos que producen una ocupación definitiva: pozos, aliviaderos, arquetas, casetillas, etc. Se ha considerado la dimensión del elemento más un metro alrededor.
  • SERVIDUMBRES. Se constituye por tiempo indefinido, entre tanto sean necesarias para atender a la ejecución, conservación y mantenimiento de las instalaciones previstas en el proyecto. En la fase 1, se establece una anchura de servidumbre de acueducto igual al diámetro exterior de la conducción. En la Fase 2 Se establece una anchura de servidumbre de 4 metros con centro en el eje de la conducción.
  • OCUPACIONES TEMPORALES. Se considera ocupación temporal a la banda de terreno necesaria para la ejecución de la obra. Podrá ser utilizada para paso, acopio de material, etc. durante la ejecución de la obra.

La valoración se ha efectuado con arreglo a los criterios establecidos en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y, en concreto, se han utilizado los siguientes valores, según se especifica en el proyecto:

Se ha considerado, en caso de no tratarse de olivar, el precio correspondiente a terreno cultivado con cereal, por ser más favorable al afectado, aún cuando no exista en el momento de la tasación cultivo alguno.

Pueden consultar los planos en los siguientes mapas.

PLANO GENRAL FASE 1

PLANO GENRAL FASE 2

 

En caso de necesitar cualquier aclaración, pueden solicitar una cita en el área de urbanismo a través del siguiente enlace: CITA PADRÓN

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